Eliminan factura global para Gasolineras A partir del 1 de mayo se emitirá CFDI por venta individual
A partir del 1 de mayo, los contribuyentes que fabriquen, produzcan, procesen, transporten, almacenen, distribuyan o enajenen hidrocarburos (entre estos gasolineras), deberán emitir un CFDI por cada venta que realicen.
A este deberá incorporarse el Complemento de "Hidrocarburos y Petrolíferos" conforme a la Regla Miscelánea 2.7.1.46; es decir, para estos contribuyentes no aplica la facilidad de emitir facturas globales como lo señala la Regla 2.7.1.24.
A la fecha, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no ha dado a conocer dicho Complemento, por lo que estaremos atentos a su publicación para incorporarlo a nuestros sistemas.
Importante: El Complemento que deben incorporar los contribuyentes al CFDI es el de "Hidrocarburos y Petrolíferos", el cual es diferente al "Complemento de Hidrocarburos" que esta vigente en la página del SAT.
Así mismo estamos analizando cómo podemos facilitar el cumplir con este esquema de facturación para estos contribuyentes